Derecho Tecnológico

Las cookies y su regulación

28 de junio de 2026

Las cookies y su regulación

La mayor parte de los usuarios en Internet se han visto alguna vez en la tesitura de tener que aceptar o rechazar las cookies. Muchos probablemente cerraron el mensaje y no le dieron importancia a lo que realmente aceptaron. Pero...

¿Qué es una cookie?

Las cookies usualmente son pequeños archivos de texto y se almacenan en el directorio del navegador de tu ordenador o en las subcarpetas de datos de programa. Las cookies se crean cuando utilizas tu navegador para visitar un sitio web que las utiliza para hacer un seguimiento de tus movimientos por el sitio, ayudarte a indicarte dónde dejaste la navegación, recordar tu inició de sesión y selección de tema, preferencias y otras funciones de personalización. A menudo las cookies son indispensables en las webs que tienen bases de datos muy grandes, requieren inicio de sesión, tienen temas personalizables y otras funciones avanzadas.

Almacenan identificadores, a través de los cuales, son capaces de realizar un seguimiento de tu actividad dentro de la página web o aplicación a la que estemos accediendo en cada caso. ¿Cómo lo hacen? El editor de la web inserta en tu dispositivo/navegador una cookie con un identificador. Cada vez que tu dispositivo/navegador visita la página/aplicación que la instaló, esta envía esa información al servidor del editor, donde se almacena qué identificadores del sitio web has estado visitando. Se considera que existe un tratamiento de datos personales cuando el usuario esté identificado por un nombre o dirección de email que lo identifique, o cuando se utilicen identificadores únicos que permitan distinguir unos usuarios de otros y realizar un seguimiento individualizado de los mismos (por ejemplo, un ID de publicidad).

If you feel the desire to write a book, what would it be about?Photo by Glenn Carstens-Peters / Unsplash ¿Qué información debe facilitarse?

El apartado segundo del artículo 22 de la LSSI establece que se debe facilitar a los usuarios información clara y completa sobre la utilización de los dispositivos de almacenamiento y recuperación de datos y, en particular, sobre los fines del tratamiento de los datos. Deberá incluirse la siguiente información de forma transparente:

-Definición y función genérica de las cookies

  • Información sobre el tipo de cookies que se utilizan y su finalidad -Identificación de quién utiliza las cookies -Información sobre la forma de aceptar, denegar, revocar el consentimiento o eliminar las cookies.
  • Información sobre las transferencias de datos a 3º países (en su caso) -Sobre la elaboración de perfiles y toma de decisiones automatizadas -Periodos de conservación

Consentimiento Para la utilización de las cookies no exceptuadas del artículo 22 de la LSSI será necesario en todo caso obtener el consentimiento del usuario.

¿Cómo debe obtenerse el consentimiento? 1)Utilizando formulas expresas o acciones inequívocas. En ningún caso la mera inactividad del usuario implica la prestación del consentimiento por sí misma. Ejemplos: a) “Consiento”, “acepto”, … b) Deslizar la barra de desplazamiento c) Seguir navegando d) Pulsar sobre algún contenido

2)El usuario, en todo caso, podrá negarse a aceptar las cookies. En tal caso, no podrá serle negado el derecho a seguir navegando por la página web. 3)La página deberá habilitar un mecanismo o botón que permita configurar las cookies de manera granular, permitiendo rechazar todas las cookies, habilitarlas, o configurarlas según las preferencias de cada usuario. 4) La información que se otorgue al usuario para que pueda consentir la utilización de las cookies se debe encontrar separada de otros asuntos. 5) Se deberá informar de forma clara sobre como revocar el consentimiento y eliminar las cookies.


Jurídicamente hablando...

Esta tecnología encuentra parte de su regulación en la normativa de protección de datos personales, es decir, el RGPD y la LOPDGDD, al tratarse de herramientas para almacenar información acerca de los gustos y preferencias que tienen las personas que se encuentran tras los identificadores que se les adjudica en la red, siendo útiles para el realizar perfilados de los usuarios, que las empresas pueden utilizar con fines publicitarios o para la mejora de sus servicios o productos. Por otro lado, su regulación fundamental la encontramos en la Ley 34/2002, de 11 de julio, de servicios de la sociedad de la información y de comercio electrónico (En adelante LSSI), la cual, tiene por objeto “la regulación del régimen jurídico de los servicios de la sociedad de la información y de la contratación por vía electrónica, en lo referente a las obligaciones de los prestadores de servicios incluidos los que actúan como intermediarios en la transmisión de contenidos por las redes de telecomunicaciones, las comunicaciones comerciales por vía electrónica, la información previa y posterior a la celebración de contratos electrónicos, las condiciones relativas a su validez y eficacia y el régimen sancionador aplicable a los prestadores de servicios de la sociedad de la información.”

Gavel on black background with copy space. Concept for legal, lawyer, judge, law, auction and attorney.Photo by Bill Oxford / Unsplash Por último, indicar que aún estamos a la espera de la aprobación del REGLAMENTO DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO sobre el respeto de la vida privada y la protección de los datos personales en el sector de las comunicaciones electrónicas y por el que se deroga la Directiva 2002/58/CE (Reglamento sobre la privacidad y las comunicaciones electrónicas), también conocido popularmente como Reglamento “ePrivacy”, que aún está en fase de planteamiento, y que tendrá carácter de lex specialis con respecto a esta materia, aunque no se prevé la llegada de esta normativa hasta el año 2021, si no es mas tarde.

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